¿Por qué no se aplica el IVA en Canarias?

Guía Completa del IGIC: El IVA Canario Explicado

13/08/2014

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Si alguna vez has realizado transacciones comerciales con las Islas Canarias o planeas hacerlo, es casi seguro que te has topado con un término que puede generar confusión: el IGIC. Conocido popularmente como el "IVA Canario", este impuesto es una pieza fundamental del sistema fiscal del archipiélago y comprenderlo es crucial para cualquier empresa o autónomo que opere con esta región. A diferencia del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que se aplica en la península y Baleares, el IGIC (Impuesto General Indirecto Canario) tiene sus propias reglas, tipos impositivos y particularidades. En este artículo desglosaremos todo lo que necesitas saber para facturar correctamente, entender sus diferencias con el IVA y mantenerte al día con las últimas novedades fiscales.

¿Qué IVA hay en las Islas Canarias?
¿Qué IVA hay en las Islas Canarias? En las Islas Canarias, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) se aplica de manera diferente al resto de España. La principal diferencia es que en las Islas Canarias se aplica el IGIC (Impuesto General Indirecto Canario) en lugar del IVA estándar.
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¿Qué es Exactamente el IGIC? El "IVA Canario" al Detalle

El Impuesto General Indirecto Canario, o IGIC, es un tributo de naturaleza indirecta que grava el consumo final de bienes y servicios entregados por empresarios y profesionales residentes en las Islas Canarias. En esencia, cumple una función muy similar a la del IVA en el resto de España, pero está adaptado a las especificidades económicas y geográficas del archipiélago.

Su funcionamiento se basa en un mecanismo de repercusión. Cuando un empresario canario adquiere bienes o servicios necesarios para su actividad, paga un IGIC que se denomina IGIC soportado. Posteriormente, cuando vende sus propios productos o presta sus servicios, cobra a sus clientes un IGIC, conocido como IGIC repercutido. La diferencia entre todo el IGIC que ha repercutido en sus ventas y el que ha soportado en sus compras es lo que deberá ingresar a la Agencia Tributaria Canaria. Este proceso de liquidación es clave para el correcto funcionamiento del sistema.

Es importante destacar que este impuesto no solo se aplica a las operaciones internas en las islas, sino también a cualquier importación de bienes que lleguen al archipiélago, ya sea desde la Península, Baleares, Ceuta, Melilla o cualquier otro país del mundo.

IGIC vs. IVA: Las Diferencias Clave que Debes Conocer

Aunque conceptualmente son similares, la diferencia más notable y ventajosa del IGIC frente al IVA reside en sus tipos impositivos. Los porcentajes del impuesto canario son considerablemente más bajos, lo que busca fomentar la actividad económica y compensar los sobrecostes derivados de la insularidad. Esta diferencia tiene un impacto directo en el precio final de los productos y servicios para el consumidor.

Para ilustrar mejor estas diferencias, hemos preparado una tabla comparativa con los tipos generales y reducidos más comunes:

Tabla Comparativa: IGIC vs. IVA

Tipo de GravamenIGIC (Canarias)IVA (Península y Baleares)Ejemplos
Tipo Cero / Superreducido0%4%Bienes de primera necesidad como pan, leche, medicamentos.
Tipo Reducido3%10%Industria textil, química, transporte de pasajeros.
Tipo General7%21%La mayoría de productos y servicios (electrónica, ropa, servicios profesionales).

Como se puede observar, la diferencia en el tipo general es abismal: un 7% en Canarias frente a un 21% en la península. Esto explica por qué muchos productos tecnológicos, vehículos o servicios son más económicos en el archipiélago.

Tipos Impositivos del IGIC [Actualizado 2025]

El IGIC no tiene un único tipo, sino que se estructura en varios tramos según la naturaleza del producto o servicio. A continuación, detallamos los tipos vigentes, incluyendo las novedades para 2025:

  • Tipo Cero (0%): Se aplica a bienes y servicios de primera necesidad. Esto incluye la entrega de agua, productos sanitarios, libros, periódicos, alimentos básicos y, como novedad para 2025, los cereales sin procesar. También se aplica a las entregas de bienes para la recuperación de zonas afectadas por catástrofes, como la erupción del volcán de La Palma.
  • Tipo Reducido (3%): Grava a industrias como la minería, la química y la textil. También se aplica al transporte y a la reparación de vehículos. En 2025, se incluirán en este tipo productos como las toallas y toallitas de papel.
  • Tipo General (7%): Es el tipo que se aplica por defecto a todas las operaciones que no están sujetas a otro tipo específico. Es el más común y abarca la gran mayoría de productos y servicios. A partir de 2025, servicios que antes estaban exentos como la teleasistencia o la ayuda a domicilio pasarán a tributar a este tipo.
  • Tipo Incrementado (9,5%): Se aplica a la entrega de algunos vehículos y medios de transporte que no están sujetos al tipo del 15%.
  • Tipo Superincrementado (15%): Reservado para productos considerados de lujo, como cigarros puros con un precio superior a 1,8 euros por unidad, bebidas alcohólicas, joyería y perfumería.
  • Tipos Especiales: La elaboración e importación de labores del tabaco tiene sus propios tipos. El tabaco negro tributa al 20% y el rubio al 35%.

Facturación entre la Península y Canarias: Una Guía Práctica

Este es uno de los puntos que más dudas genera. ¿Cómo se debe emitir una factura desde Madrid a Tenerife? ¿Y viceversa?

La clave está en entender que las operaciones entre estos territorios se consideran comercio exterior a efectos de impuestos indirectos.

  • Venta desde la Península a Canarias: Se considera una exportación. La operación está exenta de IVA. Por lo tanto, el vendedor en la península debe emitir una factura sin IVA. Sin embargo, esto no significa que no se pague ningún impuesto. El comprador en Canarias deberá liquidar el IGIC correspondiente en la aduana para poder despachar la mercancía.
  • Venta desde Canarias a la Península: Se considera una importación. La operación está exenta de IGIC. El vendedor canario emite una factura sin IGIC. Al llegar la mercancía a la península, el comprador deberá pagar el IVA correspondiente en la aduana.

En ambos casos, es fundamental que el vendedor conserve la documentación aduanera (el Documento Único Administrativo o DUA de exportación) para poder justificar ante Hacienda la exención del impuesto en su factura.

¿Cómo se Calcula y Declara el IGIC?

El cálculo del impuesto en una factura es sencillo: se multiplica la base imponible por el tipo de IGIC que corresponda. La verdadera diferencia de precio se hace evidente al comparar con el IVA.

¿Qué IVA hay en las Islas Canarias?
¿Qué IVA hay en las Islas Canarias? En las Islas Canarias, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) se aplica de manera diferente al resto de España. La principal diferencia es que en las Islas Canarias se aplica el IGIC (Impuesto General Indirecto Canario) en lugar del IVA estándar.

Ejemplo práctico: Compra de un ordenador de 800€ (precio final).

  • En Canarias (IGIC 7%): Base Imponible 747,66€ + IGIC (52,34€) = 800€.
  • En la Península (IVA 21%): Base Imponible 661,16€ + IVA (138,84€) = 800€.

Como se ve, el impuesto pagado en la península es más del doble que en Canarias por el mismo producto.

En cuanto a la declaración, los empresarios y autónomos canarios deben presentar liquidaciones de IGIC de forma periódica (trimestral o mensual) a la Agencia Tributaria Canaria. Los modelos a presentar son:

  • Modelo 420: Para la autoliquidación trimestral o mensual en el régimen general.
  • Modelo 421: Para quienes tributan en el régimen simplificado (módulos).
  • Modelo 425: Es el resumen anual de IGIC, que se presenta al finalizar el ejercicio.

Actividades y Operaciones Exentas de IGIC

No todas las operaciones están sujetas a este impuesto. La ley establece una serie de exenciones, entre las que destacan:

  • Los servicios postales universales.
  • Servicios sanitarios y de asistencia social.
  • La educación de la infancia y la juventud, la enseñanza escolar, universitaria y de posgrado.
  • Las operaciones realizadas por entidades sin ánimo de lucro.
  • Las transacciones realizadas entre particulares, siempre que no actúen como empresarios o profesionales.
  • Importante: Los autónomos y empresas con un volumen de facturación anual inferior a 30.000 euros pueden acogerse al Régimen Especial del Pequeño Empresario o Profesional (REPEP), que les exime de la obligación de repercutir y liquidar el IGIC.

Preguntas Frecuentes (FAQ) sobre el IGIC

1. ¿Si vendo desde Madrid a un cliente en Tenerife, mi factura lleva IVA?

No. Se trata de una exportación y está exenta de IVA. Debes emitir la factura a base cero y asegurarte de tener el DUA de exportación como justificante. Tu cliente en Tenerife será el responsable de pagar el IGIC en la aduana.

2. ¿Un autónomo en Canarias siempre tiene que declarar el IGIC?

No necesariamente. Si tu facturación anual no supera los 30.000 euros, puedes acogerte al REPEP y estarás exento de presentar las liquidaciones periódicas de IGIC.

3. ¿Por qué el IGIC es más bajo que el IVA?

Se trata de una medida fiscal para compensar los sobrecostes derivados de la lejanía y la insularidad del archipiélago canario. Unos impuestos más bajos buscan estimular la economía local y hacerla más competitiva.

4. ¿Qué es el recargo de equivalencia en el IGIC?

Al igual que en el régimen del IVA, existe un régimen especial para el comercio minorista. Los comerciantes que se acogen a él no liquidan el IGIC, sino que pagan un recargo adicional a sus proveedores, simplificando así su gestión fiscal.

En conclusión, el IGIC es mucho más que una simple versión del IVA. Es un instrumento fiscal con identidad propia, diseñado para la realidad económica de Canarias. Conocer sus tipos, su funcionamiento en operaciones exteriores y sus exenciones es indispensable para cualquier profesional que quiera operar con el archipiélago de forma segura y eficiente.

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