¿Cuál es el plazo para pedir el paro?

Guía para Solicitar el Paro: Plazos y Pasos

21/12/2018

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Enfrentarse a una situación de desempleo es un momento complejo, lleno de incertidumbre y gestiones que pueden parecer abrumadoras. El tiempo corre y uno de los trámites más urgentes es solicitar la prestación o subsidio por desempleo, comúnmente conocido como "pedir el paro". Para navegar este proceso sin contratiempos, es fundamental conocer cada paso y, sobre todo, los plazos establecidos. Esta guía completa te llevará de la mano a través de todo el procedimiento, asegurando que no cometas errores y puedas acceder a la ayuda que te corresponde lo antes posible.

¿Cuál es el plazo para pedir el paro?
Lo primero que no debes perder de vista es el plazo para pedir el paro. Tienes 15 días hábiles desde el cese de la relación laboral (por fin del contrato, despido, etc) para solicitar la prestación contributiva o el subsidio (según los días que tengas cotizados). En el plazo no se cuentan ni sábados, domingos ni festivos.
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El Plazo Crucial: 15 Días Hábiles que No Debes Ignorar

El primer y más importante dato que debes grabar en tu mente es el plazo para solicitar el paro: dispones de 15 días hábiles desde el momento en que te encuentras en situación legal de desempleo. Esta situación se produce al día siguiente de la fecha de cese en tu contrato, ya sea por despido, fin de contrato temporal o cualquier otra causa válida.

¿Qué significa "días hábiles"? Significa que en este cómputo no se tienen en cuenta los sábados, domingos ni los días festivos (ni nacionales, ni autonómicos, ni locales). Es un detalle vital que te da un poco más de margen del que podrías pensar inicialmente.

Una situación muy común que afecta a este plazo es el de las vacaciones no disfrutadas y pagadas en el finiquito. Si la empresa te ha abonado días de vacaciones que te correspondían, la situación legal de desempleo no comienza hasta que transcurran esos días. Por ejemplo, si tu último día de trabajo fue el 30 de junio y te pagaron 10 días de vacaciones, tu plazo de 15 días hábiles no empezará a contar hasta el 11 de julio. Durante ese periodo de vacaciones pagadas, sigues de alta y cotizando en la Seguridad Social.

¿Qué ocurre si se me pasa el plazo?

Si por cualquier motivo presentas la solicitud fuera de esos 15 días, no pierdes el derecho a la prestación completa, pero sí sufrirás una penalización. La normativa del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) establece que se te descontarán los días que hayan transcurrido desde el final del plazo hasta el día en que presentaste la solicitud. Es decir, si tardas 20 días hábiles en pedirla, perderás 5 días de prestación. Por ello, la puntualidad es tu mejor aliada.

Paso 1: Inscribirse como Demandante de Empleo

Antes de poder solicitar cualquier tipo de ayuda económica en el SEPE, hay un paso previo y obligatorio: debes darte de alta como demandante de empleo. Este trámite, conocido coloquialmente como "apuntarse al paro" o "sacarse la tarjeta del paro", no se realiza en el SEPE, sino en el Servicio de Empleo de tu Comunidad Autónoma.

Aunque ambas administraciones (la estatal y la autonómica) suelen compartir la misma oficina física, son gestionadas por funcionarios diferentes con competencias distintas. El servicio autonómico se encargará de tu perfil profesional, te orientará en la búsqueda de empleo, te ofrecerá cursos de formación y gestionará la renovación periódica de tu demanda (el famoso "sellar el paro").

El orden correcto es inalterable:

  1. PRIMERO: Inscribirte como demandante de empleo en el servicio de tu comunidad.
  2. SEGUNDO: Solicitar la prestación o subsidio en el SEPE (antiguo INEM).

Lo más recomendable es realizar esta inscripción unos días antes de tu cita con el SEPE. Esto te permite hacer la gestión con calma y sin el agobio de tener que hacerlo todo en la misma mañana. Algunas oficinas autonómicas también requieren cita previa, así que infórmate bien para planificarlo correctamente.

Paso 2: Identificar la Ayuda que te Corresponde

No todas las ayudas por desempleo son iguales. Dependiendo de tu historial de cotización, podrás acceder a una u otra. Es importante que sepas cuál vas a solicitar para preparar la documentación y cumplir los requisitos específicos. Las dos principales son:

  • Prestación Contributiva: Es la ayuda principal, el "paro" por excelencia. Para acceder a ella, necesitas haber cotizado un mínimo de 360 días (un año) en los últimos 6 años. Su duración y cuantía dependen directamente de lo que hayas cotizado.
  • Subsidios por Desempleo: Son ayudas de carácter asistencial, pensadas para personas que no llegan al mínimo de cotización para la prestación contributiva, o que ya la han agotado y siguen sin empleo y sin rentas. Existen diversas modalidades (ayuda familiar, para mayores de 52 años, etc.) y sus requisitos son más estrictos en cuanto a carencia de rentas.

Tabla Comparativa de Ayudas por Desempleo

CaracterísticaPrestación ContributivaSubsidio por Desempleo
Requisito PrincipalHaber cotizado un mínimo de 360 días.No cumplir los requisitos para la prestación, haberla agotado o tener cotizaciones insuficientes (entre 3 y 6 meses, según cargas familiares).
NaturalezaDerecho generado por las cotizaciones.Ayuda asistencial no contributiva.
CuantíaVariable, según la base reguladora del trabajador.Cantidad fija, normalmente un porcentaje del IPREM.
Requisito de RentasNo se exige carencia de rentas para acceder.Es imprescindible demostrar carencia de rentas propias y/o de la unidad familiar.

Paso 3: Preparar Toda la Documentación

Tener todos los papeles listos agilizará enormemente el proceso. La documentación básica que te solicitarán es:

  • Documento de Identidad: DNI para españoles, o NIE y pasaporte para extranjeros.
  • Libro de Familia: O documento equivalente si tienes hijos a tu cargo, ya que puede influir en la cuantía de la prestación.
  • Datos bancarios: Un documento que acredite la titularidad de la cuenta donde quieres recibir el ingreso.
  • Impreso de solicitud: Que puedes descargar de la web del SEPE o te proporcionarán en la oficina.
  • Certificado de Empresa: Este es uno de los documentos clave. El certificado de empresa acredita la causa y fecha del cese de la relación laboral. Hoy en día, la gran mayoría de las empresas lo envían telemáticamente al SEPE a través del sistema Certific@2. Es tu derecho solicitar a la empresa una copia. Puedes consultar en la Sede Electrónica del SEPE si tu empresa ya lo ha enviado.

Paso 4: Solicitar la Prestación en el SEPE

Una vez inscrito como demandante de empleo y con toda la documentación, llega el momento de presentar la solicitud en el SEPE. Tienes dos vías principales para hacerlo:

Opción A: Trámite Presencial con Cita Previa

Es el método tradicional. Para ser atendido en cualquier oficina del SEPE en España, es absolutamente obligatorio solicitar cita previa. No se atiende a nadie sin ella. Puedes solicitarla de dos formas:

  • Por Internet: A través de la Sede Electrónica del SEPE.
  • Por Teléfono: Llamando al número de atención telefónica para cita previa.

El día de la cita, acude a la oficina con antelación, llevando toda la documentación original y el justificante de tu inscripción como demandante de empleo. Un gestor del SEPE revisará tu caso, formalizará la solicitud y te informará de los siguientes pasos. En unos días, recibirás una notificación por correo postal o en tu buzón electrónico con la resolución.

Opción B: Trámite por Internet

Si prefieres evitar desplazamientos, el SEPE ofrece dos alternativas online muy eficientes:

  1. Sede Electrónica del SEPE: Si dispones de Certificado Digital, DNI electrónico o usuario del sistema Cl@ve, puedes realizar todo el trámite de forma telemática. Es la vía más completa y segura, ya que te identificas de forma fehaciente.
  2. Formulario de Pre-solicitud: Pensado para quienes no tienen métodos de identificación digital. Es un formulario online donde rellenas tus datos y adjuntas la documentación necesaria. Un gestor del SEPE se encargará de tramitarlo internamente. Es un sistema sencillo y muy utilizado desde su implantación.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Qué pasa si la empresa tarda en enviar el certificado de empresa?

La empresa tiene la obligación legal de facilitarte el certificado o enviarlo al SEPE en un plazo de 10 días. Si no lo hace, debes comunicarlo en la oficina de empleo al hacer tu solicitud. El SEPE se encargará de requerírselo a la empresa. Tu plazo de 15 días no se detiene, por lo que debes presentar la solicitud igualmente, indicando esta incidencia.

¿Puedo pedir el paro si me he ido voluntariamente de la empresa?

No. La baja voluntaria no se considera una situación legal de desempleo y, por lo tanto, no da derecho a solicitar ni la prestación contributiva ni los subsidios ordinarios.

¿Cuándo empezaré a cobrar el paro una vez aprobado?

El SEPE realiza los pagos de las prestaciones por desempleo entre los días 10 y 15 de cada mes. Si tu solicitud es aprobada, recibirás el primer pago en el mes siguiente al de la solicitud. Por ejemplo, si lo pides en julio, cobrarás la parte correspondiente a julio entre el 10 y el 15 de agosto.

¿Tengo que renovar la demanda de empleo mientras cobro el paro?

Sí, es una obligación fundamental. Deberás "sellar el paro" en las fechas que te indique tu servicio autonómico de empleo. No hacerlo puede acarrear sanciones que van desde la suspensión de la prestación durante un mes hasta la extinción total del derecho.

En resumen, solicitar el paro es un proceso con reglas claras. La clave del éxito es la información y la organización. Respeta el plazo de 15 días hábiles, realiza primero la inscripción como demandante de empleo y después la solicitud en el SEPE, y ten toda tu documentación preparada. Si sigues estos pasos, el trámite será mucho más sencillo y podrás centrarte en lo verdaderamente importante: tu futuro profesional.

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