15/03/2015
Si alguna vez has viajado a las Islas Canarias o has intentado comprar online desde el archipiélago, seguramente te has topado con tres letras que lo cambian todo: IGIC. Esta particularidad fiscal, que sustituye al conocido IVA del resto de España, es mucho más que una simple anécdota; es la piedra angular de un sistema económico diseñado para compensar las singularidades de un territorio único. A menudo nos preguntamos por qué los precios de ciertos productos son diferentes o por qué algunas tiendas online ponen trabas a los envíos. La respuesta, en gran medida, reside en la existencia del Impuesto General Indirecto Canario y el Régimen Económico y Fiscal (REF) que lo ampara.

Un Poco de Historia: El Origen del Régimen Especial Canario
Para entender por qué Canarias tiene un sistema fiscal diferente, debemos viajar en el tiempo. La condición de lejanía e insularidad del archipiélago ha sido un factor determinante desde su incorporación a la Corona de Castilla en el siglo XV. Los monarcas de la época comprendieron rápidamente que, para fomentar el poblamiento, el comercio y el desarrollo de estas islas atlánticas, era necesario otorgarles ciertas ventajas fiscales y comerciales. Así nacieron los primeros privilegios, como el sistema de Puertos Francos, que eximía a las islas de ciertos aranceles y monopolios comerciales que sí se aplicaban en la península.
Este estatus especial ha ido evolucionando a lo largo de los siglos, adaptándose a los cambios políticos y económicos de cada era, pero siempre con un objetivo claro: compensar los sobrecostes y las desventajas estructurales de ser un territorio ultraperiférico. El marco actual se consolida con la entrada de España en la Comunidad Económica Europea (hoy Unión Europea) y se articula legalmente a través de varias normativas clave:
- La Constitución Española de 1978: Su disposición adicional tercera reconoce y ampara el régimen económico y fiscal del archipiélago.
- El Estatuto de Autonomía de Canarias: Desarrolla los principios constitucionales, otorgando a la comunidad autónoma competencias en la materia.
- Ley 20/1991: Es la ley que marca un antes y un después, ya que crea el IGIC y el AIEM (Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias), sustituyendo el antiguo sistema de impuestos.
- Ley 19/1994: Actualiza y moderniza el REF, consolidando los instrumentos fiscales para atraer inversión y fomentar el empleo.
IGIC vs. IVA: La Gran Diferencia
Aunque ambos son impuestos indirectos que gravan el consumo, el IGIC y el IVA presentan diferencias sustanciales que tienen un impacto directo en la economía y en el bolsillo de los ciudadanos. La principal y más conocida es el tipo impositivo, pero hay otras igualmente importantes.
Tabla Comparativa: IGIC vs. IVA
| Característica | IGIC (Canarias) | IVA (Península y Baleares) |
|---|---|---|
| Tipo General | 7% | 21% |
| Tipos Reducidos | 0% (Tipo Cero), 3%, 5% | 10%, 4% (Superreducido) |
| Tipos Incrementados | 9,5% y 15% (para ciertos bienes de lujo o productos específicos como tabaco) | No existen, el tipo general es el más alto. |
| Órgano Gestor | Agencia Tributaria Canaria (Gobierno de Canarias) | Agencia Estatal de Administración Tributaria (Gobierno de España) |
| Ámbito de Aplicación | Islas Canarias | Península Ibérica y las Islas Baleares |
Los Tipos de IGIC en Detalle
La estructura de tipos del IGIC es más granular que la del IVA, permitiendo una mayor adaptación a la realidad económica canaria:
- Tipo Cero (0%): Se aplica a bienes y servicios de primera necesidad como el agua, ciertos alimentos (pan, leche, huevos), libros, periódicos, y la entrega de viviendas de protección oficial. También se aplica al transporte aéreo y marítimo de pasajeros y mercancías entre las islas, algo vital para la cohesión del archipiélago.
- Tipo Reducido (3%): Grava a la industria minera, química, textil, maderera, papelera y la fabricación de vehículos. También se aplica a la reparación de vehículos.
- Tipo General (7%): Es el tipo que se aplica por defecto a la mayoría de productos y servicios que no tienen un tipo específico. Es el más común en el día a día, afectando a la restauración, servicios profesionales, ropa, etc.
- Tipos Incrementados (9,5% y 15%): Se reservan para bienes considerados menos esenciales o de lujo, como vehículos de gran cilindrada, embarcaciones, joyería y peletería. El 15% se aplica a los cigarros puros con un precio superior a un determinado umbral.
Ventajas del Sistema IGIC para Canarias
La existencia de este impuesto a medida no es un capricho, sino una herramienta económica con beneficios tangibles:
- Estímulo al Consumo y la Competitividad: Un tipo general del 7% frente al 21% del IVA hace que el precio final de muchos productos y servicios sea significativamente más bajo. Esto no solo beneficia a los residentes, aumentando su poder adquisitivo, sino que también convierte a Canarias en un destino turístico más atractivo y competitivo.
- Atracción de Inversiones: El REF canario incluye otros incentivos además del IGIC, como la Zona Especial Canaria (ZEC) con un tipo impositivo en el Impuesto de Sociedades del 4%, o la Reserva para Inversiones en Canarias (RIC). El IGIC complementa este ecosistema favorable a la implantación de nuevas empresas.
- Autonomía Fiscal: Al ser un impuesto gestionado íntegramente por la Comunidad Autónoma, el Gobierno de Canarias tiene la capacidad de modificar los tipos y las exenciones para responder a las necesidades económicas del momento, como por ejemplo, bajando el IGIC de ciertos sectores para estimularlos durante una crisis.
Los Retos y Desafíos del Modelo Canario
A pesar de sus evidentes ventajas, el sistema también presenta desafíos importantes, especialmente en un mundo cada vez más globalizado y digital.
El Comercio Electrónico: La Gran Asignatura Pendiente
El famoso mensaje "No se envía a Canarias" es la pesadilla de muchos residentes. Al no aplicarse el IVA, las compras a la península o al resto de Europa se consideran una importación. Esto implica que, al llegar a las islas, el paquete debe pasar por la aduana, liquidar el IGIC correspondiente y pagar los costes de gestión del Documento Único Administrativo (DUA). Este proceso burocrático encarece el producto y alarga los plazos de entrega, provocando que muchas empresas directamente opten por no vender al archipiélago.
La Armonización Fiscal Europea
La Unión Europea tiende a una mayor armonización fiscal entre sus estados miembros para garantizar la igualdad de condiciones en el mercado único. Aunque Bruselas reconoce el estatus de Región Ultraperiférica (RUP) de Canarias y permite su régimen especial, siempre existe un debate latente sobre cómo encajan estas excepciones en el proyecto común. Mantener el equilibrio entre la defensa de las singularidades canarias y el cumplimiento de las directrices europeas es un desafío constante.
Preguntas Frecuentes (FAQs)
- 1. ¿Por qué Canarias no tiene IVA como el resto de España?
- Debido a su Régimen Económico y Fiscal (REF) especial, reconocido por la Constitución Española y la Unión Europea. Este régimen busca compensar las desventajas de su lejanía e insularidad, y en lugar del IVA, aplica el IGIC, un impuesto con tipos más bajos y adaptado a su economía.
- 2. Si viajo a Canarias como turista, ¿cómo me afecta el IGIC?
- Positivamente. El IGIC más bajo se traduce en precios finales más económicos en muchos productos y servicios, como hoteles, restaurantes, ocio y compras. Esto hace que el coste general de las vacaciones pueda ser más asequible en comparación con destinos peninsulares.
- 3. ¿Por qué es tan complicado y caro comprar online en Canarias?
- Porque una compra a la península se considera una importación. Al llegar el paquete, se deben realizar trámites aduaneros, pagar el IGIC (que no se pagó en origen) y los costes de gestión de la aduana (DUA). Esto incrementa el precio y la complejidad logística, haciendo que muchos vendedores desistan.
- 4. ¿Una empresa de la península debe facturar con IVA o IGIC a un cliente canario?
- Una empresa peninsular que vende un producto a un cliente en Canarias debe emitir la factura sin IVA, ya que se considera una exportación. Será el comprador en Canarias quien deba liquidar el IGIC correspondiente a la importación del bien.
- 5. ¿Podría desaparecer el IGIC en el futuro?
- Es muy improbable. El IGIC es un pilar fundamental del REF canario y un derecho reconocido. Lo que sí puede ocurrir es que sus tipos y su regulación se vayan adaptando a los cambios económicos, la digitalización y las negociaciones con España y la Unión Europea para mejorar su funcionamiento, especialmente en lo que respecta al comercio electrónico.
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